La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de un cargo grave, contra el titular del proyecto “Áridos Encon”, localizado Calle Encon S/N° (Ruta E-71), comuna de San Felipe, región del Valparaíso, por no contar con el permiso ambiental requerido para su ejecución. Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana extracción de áridos que se efectuaría en terrenos agrícolas sin permisos y por una posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), lo cual, se habría ejecutado sin contar con el permiso ambiental exigido. A raíz de lo anterior, esta Superintendencia requirió información al titular, y también ofició a la a la Ilustre Municipalidad de San Felipe para que informara sobre este hecho. Junto con lo anterior, la SMA fiscalizó el proyecto en enero de 2021 y en enero de 2022, inspecciones que contaron con el levantamiento aerofotogramétrico con dron para calcular la extracción total de áridos, y que permitió concluir que el total de la superficie intervenida abarcaría 3,73 hectáreas y con un volumen de extracción en total se estima en 201.519 m3. Esta información ha evidenciado que el proyecto ha generado, al menos, los siguientes efectos propios de la actividad y de las instalaciones afines: modificación del cauce del Estero Quilpué; sedimentación por arrastre de sólidos y su afectación sobre los componentes ambientales aguas abajo del área de extracción; emisión de material particulado; y riesgo de afectación sobre la flora y fauna asociada al ecosistema del cauce intervenido. También, se debe tener presente que la extracción de áridos se encuentra ubicada al interior del humedal asociado al límite urbano “Sist. Rio Aconcagua y trib” o estero Quilpué genera susceptibilidad de afectación de sus componentes bióticas e integridad ecosistémica no contribuyendo a su restauración pasiva ni activa tras su afectación por incendios y la actual sequía, dado que el diseño del proyecto no se concibe en función del espacio natural ocupado por dicho humedal sino en virtud de un diseño que lo modifica permanentemente para generar un ambiente antrópico y artificial destinado a la extracción de áridos. Con todos estos antecedentes presentados, y luego de un análisis legal, esta Superintendencia inició un procedimiento sancionatorio a través de la formulación de cargo contra la titular del proyecto, luego de constatar la ejecución de un proyecto de extracción de áridos de dimensiones industriales, en un volumen superior a los 50.000 m3 en cauce natural y a los 100.000 m3 en cantera, ubicado en la Región de Valparaíso, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice. Infracción que fue clasificada como grave. Al respecto, la jefa de la Oficina Regional SMA de Valparaíso, María José Silva explicó que “tras el análisis realizado por esta Superintendencia, se puede evidenciar que existen antecedentes suficientes sobre la ejecución de este proyecto, que ha realizado extracción de áridos sin contar con el permiso ambiental exigido para este tipo de proyecto”. Cabe recordar que las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA. En este procedimiento sancionatorio, el titular del proyecto arriesga una multa equivalente a más de $3.993 millones a valor actual. 10 días hábiles tendrá el titular para presentar un Programa de Cumplimiento, y 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde su notificación. Para más detalles de la formulación de cargos, ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), a través del siguiente link: https://snifa.sma.gob.cl/ Sancionatorio/Ficha/3833
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha ordenado a la empresa SQM Salar S.A. la implementación de medidas urgentes para mitigar el impacto ambiental de su proyecto de expansión en la planta de carbonato de litio, ubicada en el Salar del Carmen, comuna de Antofagasta. La medida responde a preocupaciones sobre la afectación a la fauna silvestre en el área. El proyecto, que busca aumentar la capacidad de producción de la planta, incluye la construcción de grandes piscinas industriales que generan espejos de agua. Estas piscinas han provocado confusión entre las aves locales, que podrían verse atraídas hacia estos espejos de agua y quedar en peligro. En su resolución de calificación ambiental, la SMA había establecido que SQM Salar debía implementar varias medidas de protección. Estas incluían la instalación de cercos perimetrales alrededor de las piscinas, la prohibición de perros y otros animales domésticos en el área, el uso de dispositivos ahuyentadores de aves y el manejo adecuado de los residuos domésticos. Sin embargo, durante una reciente fiscalización por parte del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), se encontró que los cercos no estaban instalados correctamente y que los sistemas de sonido ahuyentadores sólo cubrían un 42,1% de la superficie de las pozas. Además, se observó la presencia de aves en áreas supuestamente protegidas por estos dispositivos. El informe del SAG también reveló que, en lo que va del año 2024, se han registrado 45 incidentes de afectación a avifauna, incluyendo 25 golondrinas de mar de collar (Oceanodroma hornbyi), una especie en estado de conservación vulnerable. Asimismo, se encontraron indicios de presencia de perros domésticos en la zona. En respuesta, la SMA ha ordenado a SQM Salar que cierre todos los perímetros de las piscinas de manera continua y efectiva para evitar la entrada de fauna. Este trabajo deberá estar completado en los próximos 30 días. Además, la empresa debe capacitar a su personal sobre la prohibición de animales domésticos y garantizar la disposición adecuada de residuos en contenedores herméticos. La implementación de estas medidas también debe ser reportada dentro de los próximos 15 días. Marie Claude Plumer, Superintendenta del Medio Ambiente, enfatizó la importancia de cumplir con las exigencias ambientales: El objetivo de las medidas ordenadas es el resguardo de las especies involucradas. Es un imperativo que las empresas no sólo cuenten con una RCA para el funcionamiento de sus operaciones, sino que también deban velar por el correcto cumplimiento de las exigencias que aquello conlleva y que están claramente descritas en el permiso ambiental.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de un cargo grave, contra el titular del proyecto “Áridos Encon”, localizado Calle Encon S/N° (Ruta E-71), comuna de San Felipe, región del Valparaíso, por no contar con el permiso ambiental requerido para su ejecución. Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana extracción de áridos que se efectuaría en terrenos agrícolas sin permisos y por una posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), lo cual, se habría ejecutado sin contar con el permiso ambiental exigido. A raíz de lo anterior, esta Superintendencia requirió información al titular, y también ofició a la a la Ilustre Municipalidad de San Felipe para que informara sobre este hecho. Junto con lo anterior, la SMA fiscalizó el proyecto en enero de 2021 y en enero de 2022, inspecciones que contaron con el levantamiento aerofotogramétrico con dron para calcular la extracción total de áridos, y que permitió concluir que el total de la superficie intervenida abarcaría 3,73 hectáreas y con un volumen de extracción en total se estima en 201.519 m3. Esta información ha evidenciado que el proyecto ha generado, al menos, los siguientes efectos propios de la actividad y de las instalaciones afines: modificación del cauce del Estero Quilpué; sedimentación por arrastre de sólidos y su afectación sobre los componentes ambientales aguas abajo del área de extracción; emisión de material particulado; y riesgo de afectación sobre la flora y fauna asociada al ecosistema del cauce intervenido. También, se debe tener presente que la extracción de áridos se encuentra ubicada al interior del humedal asociado al límite urbano “Sist. Rio Aconcagua y trib” o estero Quilpué genera susceptibilidad de afectación de sus componentes bióticas e integridad ecosistémica no contribuyendo a su restauración pasiva ni activa tras su afectación por incendios y la actual sequía, dado que el diseño del proyecto no se concibe en función del espacio natural ocupado por dicho humedal sino en virtud de un diseño que lo modifica permanentemente para generar un ambiente antrópico y artificial destinado a la extracción de áridos. Con todos estos antecedentes presentados, y luego de un análisis legal, esta Superintendencia inició un procedimiento sancionatorio a través de la formulación de cargo contra la titular del proyecto, luego de constatar la ejecución de un proyecto de extracción de áridos de dimensiones industriales, en un volumen superior a los 50.000 m3 en cauce natural y a los 100.000 m3 en cantera, ubicado en la Región de Valparaíso, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice. Infracción que fue clasificada como grave. Al respecto, la jefa de la Oficina Regional SMA de Valparaíso, María José Silva explicó que “tras el análisis realizado por esta Superintendencia, se puede evidenciar que existen antecedentes suficientes sobre la ejecución de este proyecto, que ha realizado extracción de áridos sin contar con el permiso ambiental exigido para este tipo de proyecto”. Cabe recordar que las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA. En este procedimiento sancionatorio, el titular del proyecto arriesga una multa equivalente a más de $3.993 millones a valor actual. 10 días hábiles tendrá el titular para presentar un Programa de Cumplimiento, y 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde su notificación. Para más detalles de la formulación de cargos, ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), a través del siguiente link: https://snifa.sma.gob.cl/ Sancionatorio/Ficha/3833
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha ordenado a la empresa SQM Salar S.A. la implementación de medidas urgentes para mitigar el impacto ambiental de su proyecto de expansión en la planta de carbonato de litio, ubicada en el Salar del Carmen, comuna de Antofagasta. La medida responde a preocupaciones sobre la afectación a la fauna silvestre en el área. El proyecto, que busca aumentar la capacidad de producción de la planta, incluye la construcción de grandes piscinas industriales que generan espejos de agua. Estas piscinas han provocado confusión entre las aves locales, que podrían verse atraídas hacia estos espejos de agua y quedar en peligro. En su resolución de calificación ambiental, la SMA había establecido que SQM Salar debía implementar varias medidas de protección. Estas incluían la instalación de cercos perimetrales alrededor de las piscinas, la prohibición de perros y otros animales domésticos en el área, el uso de dispositivos ahuyentadores de aves y el manejo adecuado de los residuos domésticos. Sin embargo, durante una reciente fiscalización por parte del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), se encontró que los cercos no estaban instalados correctamente y que los sistemas de sonido ahuyentadores sólo cubrían un 42,1% de la superficie de las pozas. Además, se observó la presencia de aves en áreas supuestamente protegidas por estos dispositivos. El informe del SAG también reveló que, en lo que va del año 2024, se han registrado 45 incidentes de afectación a avifauna, incluyendo 25 golondrinas de mar de collar (Oceanodroma hornbyi), una especie en estado de conservación vulnerable. Asimismo, se encontraron indicios de presencia de perros domésticos en la zona. En respuesta, la SMA ha ordenado a SQM Salar que cierre todos los perímetros de las piscinas de manera continua y efectiva para evitar la entrada de fauna. Este trabajo deberá estar completado en los próximos 30 días. Además, la empresa debe capacitar a su personal sobre la prohibición de animales domésticos y garantizar la disposición adecuada de residuos en contenedores herméticos. La implementación de estas medidas también debe ser reportada dentro de los próximos 15 días. Marie Claude Plumer, Superintendenta del Medio Ambiente, enfatizó la importancia de cumplir con las exigencias ambientales: El objetivo de las medidas ordenadas es el resguardo de las especies involucradas. Es un imperativo que las empresas no sólo cuenten con una RCA para el funcionamiento de sus operaciones, sino que también deban velar por el correcto cumplimiento de las exigencias que aquello conlleva y que están claramente descritas en el permiso ambiental.