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Aprobado postnatal parental de cuatro semanas para ambos padres
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12 de diciembre de 2024

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Diputados discuten la implementación del postnatal parental en el código del trabajo

La iniciativa permite a los padres disfrutar de más tiempo con sus hijos.

La Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto que modifica el Código del Trabajo, que extiende la duración del permiso postnatal parental. La medida busca garantizar que ambos padres puedan pasar más tiempo de calidad con su hijo o hija, generando mayor apego y garantizando corresponsabilidad en la crianza.

El proyecto establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de cuatro semanas en caso del nacimiento de un hijo o hija. Corresponderán tres semanas continuas desde el momento del nacimiento y una semana distribuible dentro del primer año, excluyendo el descanso semanal.

Salvo cualquier estipulación en contrario, tanto la madre como el padre que hagan uso de este permiso deberán conservar sus empleos o puestos durante dichos periodos establecidos.

El texto legal sostiene que las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de 40 semanas, a continuación del período postnatal, durante el cual percibirá un subsidio calculado de la siguiente manera: Con todo, la trabajadora podrá incorporarse a sus labores a partir de la décimo tercera semana, contada desde el término del permiso postnatal por la totalidad de su jornada. En caso contrario y mientras se mantuviera en uso de este permiso, percibirá el subsidio correspondiente.

A su vez, se indica que las últimas 24 semanas podrán ser transferidas al padre por el número de semanas que la madre indique. Las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso y darán derecho al subsidio establecido, calculado en base a sus remuneraciones.

No obstante lo anterior, si la madre no decide transferir las últimas semanas al padre y no desea hacer uso de este permiso, ambos padres podrán reincorporarse a sus funciones.

Para ejercer este derecho, la trabajadora deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada enviada con al menos 30 días de anticipación a la fecha de su reincorporación con copia a la inspección del trabajo.

La normativa entrará en vigencia noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.



Fuente: T13 Nacional
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